{"id":6798,"date":"2016-02-10T15:48:04","date_gmt":"2016-02-10T15:48:04","guid":{"rendered":"http:\/\/tractopart.com\/sp\/?p=6798"},"modified":"2016-02-10T15:48:04","modified_gmt":"2016-02-10T15:48:04","slug":"colombia-corte-constitucional-prohibe-la-mineria-en-paramos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/colombia-corte-constitucional-prohibe-la-mineria-en-paramos\/","title":{"rendered":"COLOMBIA: Corte Constitucional proh\u00edbe la miner\u00eda en p\u00e1ramos"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/www.entornointeligente.com\/images-noticias\/2016\/02\/gonzalo-morales-COLOMBIA--Corte-Constitucional-proh-iacute-be-la-miner-iacute-a-en-p-aacute-ramos.jpg\" alt=\"COLOMBIA: Corte Constitucional proh\u00edbe la miner\u00eda en p\u00e1ramos shaune fraser\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La Sala Plena de la Corte Constitucional, tras estudiar una demanda interpuesta por miembros del Polo Democr\u00e1tico contra el Plan Nacional de Desarrollo, decidi\u00f3 este lunes que algunos art\u00edculos de \u00e9ste van en contra de la Constituci\u00f3n , entre ellos el que permite la actividad minera y de hidrocarburos en los p\u00e1ramos del pa\u00eds. La ONG Dejusticia explica las implicaciones de este fallo judicial.<\/p>\n<p>La Corte considero que pese a la existencia de t\u00edtulos mineros prevalece el derecho al medio ambiente sano y no el derecho adquirido por las<a href=\"http:\/\/www.safedriveflorida.com\/\" target=\"'_blank'\">licencia<\/a>s ambientales.\u00a0 El alto tribunal determin\u00f3 que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) no ser\u00e1 la \u00fanica en otorgar estas <a href=\"http:\/\/www.safedriveflorida.com\/\" target=\"'_blank'\">licencia<\/a>s, sino que ser\u00e1n entregadas por las Corporaciones Auton\u00f3mas Regionales.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 fue lo que decidi\u00f3 la Corte?<\/p>\n<p>Decidi\u00f3 sobre el art\u00edculo 173 del PND que permite hacer miner\u00eda y actividades de hidrocarburos en p\u00e1ramos. El par\u00e1grafo 1 del art. 173 permite la realizaci\u00f3n de actividades de exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n de recursos naturales no renovables en \u00e1reas delimitadas como p\u00e1ramo. Las actividades permitidas en esas zonas son las que cuentan con contrato y <a href=\"http:\/\/www.safedriveflorida.com\/\" target=\"'_blank'\">licencia<\/a> ambiental o con el instrumento de control y manejo ambiental equivalente, que hayan sido otorgados antes del 9 de febrero de 2010 para las actividades de miner\u00eda, o con anterioridad al 16 de junio de 2011 para la actividad de hidrocarburos.<\/p>\n<p>Antes de la expedici\u00f3n de esa norma, tales actividades estaban prohibidas en los p\u00e1ramos. Esto significa que el actual PND retroced\u00eda en la protecci\u00f3n de los p\u00e1ramos delimitados . As\u00ed, dicha norma es contraria a la Constituci\u00f3n, espec\u00edficamente, al deber estatal de protecci\u00f3n al medio ambiente sano.<\/p>\n<p>\u00bfQui\u00e9nes ganan y qui\u00e9nes pierden con esta decisi\u00f3n de la corte?<\/p>\n<p>Ganan las ciudades y los ciudadanos que reciben del agua para consumo de los p\u00e1ramos. Los ecosistemas de p\u00e1ramos son fundamentales para proveer agua a las principales ciudades del pa\u00eds y para regular el ciclo h\u00eddrico. Tanto as\u00ed que el abastecimiento de agua del 70% de la poblaci\u00f3n depende de los estos ecosistemas. Por ejemplo, el p\u00e1ramo de Chingaza surte a cerca del 20% de la poblaci\u00f3n nacional y el de Santurb\u00e1n (sobre el cual hay varios t\u00edtulos mineros) beneficia a cerca de 1.700.000 habitantes, pues alimenta los acueductos de al menos 23 cabeceras municipales, dentro de las cuales est\u00e1n C\u00facuta y Bucaramanga. La actividad minera y petrolera producir\u00eda da\u00f1os y contaminaci\u00f3n irreversible, amenazando estos servicios. Por ello prohibir la miner\u00eda y las actividades petroleras evita estos da\u00f1os y ayuda a garantizar el suministro de agua en ciudades como Bogot\u00e1 y Bucaramanga.<\/p>\n<p>Pierden las empresas mineras y petroleras que ya tuvieran t\u00edtulos y <a href=\"http:\/\/www.safedriveflorida.com\/\" target=\"'_blank'\">licencia<\/a> ambiental para explorar porque queda absolutamente prohibida su actividad. En el PND actual, quienes ya tuvieran t\u00edtulo y <a href=\"http:\/\/www.safedriveflorida.com\/\" target=\"'_blank'\">licencia<\/a>, pod\u00edan operar por la duraci\u00f3n del contrato (sin pr\u00f3rroga). Ahora no podr\u00e1n hacerlo.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 sucede con los procesos actuales de miner\u00eda en p\u00e1ramos?<\/p>\n<p>Esto depende mucho de lo que diga el fallo de la Corte, pero en principio si tumba el par\u00e1grafo 1, se deber\u00edan suspender. Y si no lo tumban, hay una parte excelente del art\u00edculo 173 que dice que se tienen que revisar las <a href=\"http:\/\/www.safedriveflorida.com\/\" target=\"'_blank'\">licencia<\/a>s ambientales y que si el p\u00e1ramo est\u00e1 altamente en riesgo, y la actividad minera no es compatible, podr\u00e1n ordenar fin de actividades.<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1ntas hect\u00e1reas de p\u00e1ramos son usadas actualmente para miner\u00eda y explotaci\u00f3n petrolera?<\/p>\n<p>No sabemos cu\u00e1ntas hect\u00e1reas actualmente son usadas para estas actividades. Sin embargo, de acuerdo con la Agencia Nacional Minera, antes del 9 de febrero de 2010 se otorgaron 445 t\u00edtulos mineros sobre \u00e1reas de p\u00e1ramo equivalentes a 124.526 hect\u00e1reas. Despu\u00e9s del 9 de febrero de 2010 (fecha en la cual se prohibi\u00f3 el otorgamiento de t\u00edtulos en p\u00e1ramos) se han otorgado cerca de 60 t\u00edtulos mineros, equivalente a 15.799 hect\u00e1reas (6 veces el tama\u00f1o de San Andr\u00e9s). Hay que aclarar que estas cifras hacen referencia a t\u00edtulos mineros y no necesariamente a proyectos que ya cuentan con <a href=\"http:\/\/www.safedriveflorida.com\/\" target=\"'_blank'\">licencia<\/a> ambiental. No sabemos cu\u00e1ntos de estos ya tienen <a href=\"http:\/\/www.safedriveflorida.com\/\" target=\"'_blank'\">licencia<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; &nbsp; La Sala Plena de la Corte Constitucional, tras estudiar una demanda interpuesta por miembros del Polo Democr\u00e1tico contra el Plan Nacional de Desarrollo, decidi\u00f3 este lunes que algunos art\u00edculos de \u00e9ste van en contra de la Constituci\u00f3n , entre ellos el que permite la actividad minera y de hidrocarburos en los p\u00e1ramos del<\/p>\n","protected":false},"author":13,"featured_media":6799,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[236],"tags":[253,239],"class_list":["post-6798","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-news","tag-colombia","tag-mineria"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6798","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/users\/13"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6798"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6798\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6800,"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6798\/revisions\/6800"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/media\/6799"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6798"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6798"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/tractopart.com\/sp\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6798"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}